Los coches que no podrán circular por 150 ciudades: más de la mitad, sin acceso a las ZBE de la DGT

Si se cumplen las previsiones, más de la mitad de los coches que hay en España no podrían circular en las zonas ZBE de la DGT de 150 ciudades de nuestro país. Te damos todos los datos.

Los coches que no podrán circular por 150 ciudades, más de la mitad, sin acceso a las ZBE de la DGT
Los coches que no podrán circular por 150 ciudades, más de la mitad, sin acceso a las ZBE de la DGT

Ya queda menos para que en 2023 entren en vigor de forma definitiva las denominadas áreas ZBE (Zonas de Bajas Emisiones). Según la Ley de Cambio Climático promovida por el Ministerio de Transición Ecológica, las ciudades españolas con más de 50.000 habitantes deben tener una zona ZBE, es decir, un área dentro de su núcleo urbano donde quedará restringida la entrada y la circulación de determinados vehículos según su distintivo o etiqueta medioambiental.

En la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial que entró en vigor el pasado 21 de marzo, la DGT también quiso tomar su parte protagonista al tratar de proponer un marco común a todo el territorio español. De forma específica, la DGT ha catalogado como infracción grave el hecho de no respetar las normas de acceso y circulación en una zona ZBE con una multa económica de 200 euros, una sanción que se puede reducir a los 100 euros si los conductores afectados se acogen a la posibilidad de pronto pago.

En informaciones anteriores publicadas en Autopista.es, ya te adelantamos que serían los Ayuntamientos de cada una de las ciudades con zonas ZBE los que debían establecer en cada caso las normas concretas de restricción a la circulación y, más concretamente, los vehículos que se verían afectados por tales restricciones.

Al respecto, la Asociación Vehículos Afectados por Restricciones Medioambientales (Avarm) calcula que en 2023 alrededor de unos 17 millones de vehículos en España (es decir, algo más de la mitad del parque automovilístico) se podrían ver afectados por las restricciones de cumplirse la siguiente previsión: sólo podrían entrar a dichas zonas ZBE los vehículos que tengan distintivo medioambiental CERO y ECO.

Según los cálculos de Avarm, en la actualidad unos 5,5 millones de vehículos en nuestro país no tienen etiqueta, otros 5,9 millones tienen el distintivo B y unos 6,1 millones, el C. En total, algo más de 17 millones de vehículos podrían no poder entrar en las zonas ZBE.

Por otro lado, desde otros colectivos consideran que los vehículos que no deberían poder circular y entrar en las zonas ZBE serían los que no tengan una etiqueta ambiental de la DGT (incluidos también en la denominada como categoría A). De forma específica, serían aquellos vehículos de tipo turismo y furgonetas ligeras con motores de gasolina anteriores al año 2001 y a todos los diésel anteriores a 2006 (en el caso de las motos, son aquellas que no cumplen con las normativas Euro I matriculadas antes de 2003).

Para delimitar el área afectada o incluida en la zona ZBE, cada Ayuntamiento deberá instalar una señal vertical que indicará que se está entrando en un área con restricciones de circulación. Como norma general y aplicable a todo el territorio nacional, por el momento no se ha establecido de forma concreta y definitiva qué vehículos podrán o no circular por dichas áreas, ya que la normativa al respecto, tal y como te hemos anticipado antes, deja inicialmente la última decisión a los propios consistorios de cada una de las ciudades.

Desde la asociación Avarm, se considera que “el criterio de clasificación ambiental de la DGT es injusto e ineficaz y no se ajusta a las emisiones reales de cada vehículo”. Asimismo, Arvam también argumenta que no se tienen en cuenta otros factores importantes como el estado del vehículo, la potencia, el tamaño, el uso o las horas reales de circulación.

Arvam también considera que la implantación por decreto de un área ZBE podría ser inconstitucional al obviar los derechos recogidos en la Constitución, más concretamente el artículo 19 de la Carta Magna, donde se establece lo siguiente: “Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional. Asimismo, tienen derecho a entrar y salir libremente de España en los términos que la ley establezca. Este derecho no podrá ser limitado por motivos políticos o ideológicos”.

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