MOVES II: ayudas para comprar un coche eléctrico y mucho más

El Programa de Incentivos a la Movilidad Eficiente y Sostenible (MOVES II) ha sido aprobado por el Consejo de Ministros, con 100 millones de presupuesto que contemplan las ayudas a particulares para la compra de un coche o vehículo eléctrico.

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El nuevo Programa MOVES II promueve el vehículo eléctrico. Foto: iStock
El nuevo Programa MOVES II promueve el vehículo eléctrico. Foto: iStock

El recién aprobado Programa de Incentivos a la Movilidad Eficiente y Sostenible (MOVES II) cuenta con un presupuesto de 100 millones de euros, lo que duplica el programa anterior de 45 millones, y se centra en la promoción de los vehículos eléctricos y sus infraestructuras.

El programa se inscribe en el “Plan de impulso de la cadena de valor de la industria de la automoción: Hacia una movilidad sostenible y conectada”, activado por el Gobierno de España para que la industria de la automoción, estratégica y con efecto tractor, pueda aprovechar las oportunidades que ofrecen cambios asociados a la nueva movilidad ligada a los procesos de descarbonización y de transformación digital.  

Las ayudas directas irán destinadas a:

  • Compra de vehículos eléctricos o híbridos
  • Instalación de infraestructura de recarga
  • Sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas
  • Planes de transporte a los centros de trabajo

Como novedad, el MOVES II estará coordinado por el IDAE y gestionado por las comunidades y ciudades autónomas, que deberán realizar las convocatorias correspondientes en sus territorios.

Así mismo, los ayuntamientos podrán utilizar las ayudas para realizar adaptaciones rápidas que les permitan responder a las necesidades de movilidad que han surgido como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19, como puede ser la conversión de carriles convencionales en carriles bici o espacios reservados para el peatón. Y las comunidades y ciudades autónomas podrán llevar a cabo inversiones directas con cargo al programa para, por ejemplo, instalar puntos de recarga en hospitales u otros edificios de su titularidad, o renovar sus flotas de vehículos y transporte público.

¿De cuánto serán las ayudas?

Las ayudas para la compra de vehículos alternativos varían entre los 600 y los 15.000 euros en función del tipo de vehículo y de su motorización.

En el caso de los vehículos ligeros eléctricos, los coches eléctricos, la subvención puede llegar a los 5.500 euros si incluye el achatarramiento del vehículo antiguo, que debe tener más de siete años. Si se opta por no achatarrar, la ayuda sería de 4.000 euros.

La normativa hace distinción entre coche, moto, furgoneta, autobús o camión, y si es híbrido enchufable, eléctrico puro o gas, combustible reservado solo al transporte pesado porque las alternativas eléctricas no cuentan con suficiente desarrollo.

En esta primera línea de financiación, los beneficiarios pueden ser profesionales autónomos, personas físicas, comunidades de propietarios, empresas privadas, entidades locales y entidades públicas vinculadas a ellas, administraciones de las comunidades autónomas y otras entidades públicas vinculadas a la Administración General del Estado.

En el caso del impulso a las infraestructuras de recarga de vehículos eléctrico, claves en la electrificación del parque móvil, MOVES II establece un límite de ayudas de 100.000 por destinatario último y convocatoria. Serán de un 30 % o un 40% del coste subvencionable, dependiendo del tipo de beneficiario.

En cuanto la financiación de los sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas, el límite de 100.000 euros y el coste subvencionable será del 30%.

También se apoya a las empresas para implantar planes de Transporte al trabajo que, junto con el teletrabajo y otras medidas de organización, les permitan ofrecer mayores alternativas de transporte seguro y sostenible a trabajadores y clientes en estos momentos. Estas ayudas pueden ascender hasta los 500.000 euros, salvo que el órgano gestor en su convocatoria fije un límite inferior con base en el presupuesto asignado a la medida. La ayuda será del 40% del coste subvencionable para los destinatarios últimos de ayuda, salvo para aquellos destinatarios sin actividad comercial ni mercantil –como es el caso de los ayuntamientos-, en cuyo caso la ayuda será del 50%.

Las comunidades autónomas concretarán el reparto presupuestario entre las distintas actuaciones. No obstante, el Real Decreto establece que hasta el 70% podrá destinarse a la compra de vehículos alternativos; hasta un 50% podrá dirigirse a la implantación de puntos de recarga; y un mínimo de un 10% deberá dedicarse al incentivo de planes de trabajo o medidas adoptadas por los ayuntamientos como respuesta a las necesidades de movilidad asociadas a la crisis del COVID-19.